Artículo UNICO
Artículo único.-Se autoriza al Presidente de la República para adquirir de la Junta de Beneficencia de Vallenar i hasta por la suma de trece mil pesos, pagados en bonos de los autorizados por la lei núm. 3,069, de 21 de Marzo de 1916, la propiedad en que ha funcionado la escuela elemental núm. 21 i ubicada en la calle Prat de la espresada ciudad. Se autoriza, asimismo, para invertir en las reparaciones i ensanches del edificio de la mencionada propiedad, una suma igual a la anterior i obtenida de los mismos fondos.
