Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión de sesenta escudos mensuales a doña Adela Buche viuda del ex Superintendente de Aduanas, don Arsenio Olguín Aranda, y de cincuenta escudos mensuales para cada una, a doña Sara y doña Olga Olguín Ibaceta, sin perjuicio del montepío que perciben. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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