Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a sesenta escudos (Eº 60) mensuales la pensión de que actualmente disfruta doña María Antonieta Condell viuda de Iglesias, por ley N.o 12.975, de 15 de Septiembre de 1958. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se aplicará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
