Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Concédese, por gracia, a doña María Cristina Rojas Araos, hija de don Carlos Rojas Solar, una pensión de cincuenta escudos (Eº 50) mensuales. El gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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