Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Reconócense, por gracia, para todos los efectos legales, incluso los establecidos en la ley N.o 5.489 y sus modificaciones posteriores, a don Carlos Hoffmann Contreras, los dos años y diez meses servidos en la enseñanza particular, en el período comprendido entre el 1.o de Marzo de 1953 y el 31 de Diciembre de 1955. Será de cargo del beneficiario el pago de las imposiciones que deban integrarse a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, la cual deberá recibirlo, por el período a que se refiere el inciso anterior, debiendo liquidarse tales imposiciones sobre el monto del primer sueldo mensual imponible en dicha Caja del interesado, con un interés capitalizado del 6% anual.
