Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales, a don Luis Galaz Peña, los 12 años y 8 meses que sirvió a empleadores particulares, en el período comprendido entre el 2 de Enero de 1947 y el 30 de Abril de 1960. Del tiempo que se reconoce en el inciso anterior, sólo 5 años servirán para el cómputo de trienios a que se refiere la ley N.o 5.489 y sus modificaciones, sin que rija, para estos efectos, la limitación establecida en el artículo 69 de la ley N.o 9.629.
📜 Texto Legal Técnico
