Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese a la Junta de Beneficencia de Mulchen un ausilio estraordinario de cinco mil pesos ($ 5,000) para que pueda atender por el presente año a las necesidades del Hospital de ese pueblo. Concédese, asimismo, un ausilio estraordinario de cinco mil pesos ($ 5,000) a la Junta de Beneficencia de Rancagua para atender por el presente año a las necesidades del Hospital de esa ciudad.
📜 Texto Legal Técnico
