Artículo UNICO
Artículo único. Se autoriza a la Comision de Alcaldes de Magallánes para erijir en la ciudad de Punta Arenas un monumento a la memoria de Hernando de Magallánes, monumento que será costeado con la cantidad de ciento cincuenta mil pesos ($ 150,000.00), que don José Menéndez dejó en su testamento con tal objeto.
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