Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400,000) en atender a los gastos que demande la conmemoracion del 4.° Centenario del Descubrimiento del Estrecho de Magallanes, cantidad que se deducirá de la mayor entrada de los derechos consulares.
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