LEI NUM. 3,670, QUE CONCEDE FONDOS PARA EL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE RANCAGUA
Ley 3670 · 3 artículos · Versión BCN: 1920-09-28 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1.° Autorízase al Presidente de la República para invertir las siguientes sumas: de ciento cinco mil pesos ($ 105,000), en la construccion de dos estanques, uno almacenador i otro decantador i un filtro para el servicio de agua potable de Rancagua; i de ciento cincuenta i cinco mil pesos ($ 155,000), en la prosecucion de las obras de aduccion de las aguas del rio Claro.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Art. 2° El gasto que importa esta lei se deducirá, por iguales partes, de la mayor entrada que produzcan los servicios de agua potable i de las entradas jenerales de la Nacion.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Art. 3.° Las espropiaciones que sean necesarias para la construccion de estas obras se harán en conformidad a las disposiciones de la lei núm. 3,313, de 21 de Septiembre de 1917.