Artículo UNICO
Artículo único.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir, ademas de los fondos concedidos por la lei núm. 3,663, de 10 de Setiembre último, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos ($250,000) en los gastos que demande la celebracion del 4.° Centenario del Descubrimiento del Estrecho de Magallánes i la recepcion de las Misiones Estranjeras, e impútese el gasto a la mayor entrada consular.
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