Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales, incluso los administrativos, 11 años, 7 meses y 4 días, a doña Julia Pérez-Cotapos Edwards, que sirvió como instrumentalista ad honorem en el Servicio de Ginecología del Hospital del Salvador de Santiago, desde el 5 de Marzo de 1948 hasta el 8 de Octubre de 1959. Será de cargo de la beneficiaria el pago de las imposiciones patronales y personales que deba integrar en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas por el lapso señalado. Para determinar el monto de las imposiciones se tomará como renta imponible el primer sueldo mensual de que haya disfrutado al ser contratada por el Servicio Nacional de Salud. La referida Caja otorgará a la señorita Pérez-Cotapos, para el integro de las imposiciones, un préstamo en conformidad a lo dispuesto en el artículo 3.o de la ley N.o 10.986.
