Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a la suma de ochenta escudos mensuales, la pensión de que actualmente disfruta doña Zoila Cuevas Vera, en virtud de la ley N.o 13.951, de fecha 23 de Junio de 1960. El mayor gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
