Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales, en la Hoja de Servicios de don Carlos Caro Figueroa, el tiempo transcurrido desde el 23 de Agosto de 1941 hasta el 9 de Marzo de 1943, lapso en que se desempeñó como Inspector Universitario en el Internado Nacional "Barros Arana". El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
