Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócense, por gracia, para todos los efectos legales, en la Hoja de Servicios de don Abraham Abusleme Saquel, tres años y dos meses en que se desempeñó como empleado ad-honorem en el Séptimo Juzgado del Crimen de Santiago, desde el 7 de Junio de 1949 hasta el 7 de Agosto de 1952. El mayor gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
