Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese a la Junta de Beneficencia de Chillan un ausilio estraordinario de ochenta mil pesos ($ 80,000) con el objeto de concluir los trabajos del alcantarillado del Hospital, adquirir medicamentos i efectuar reparaciones urjentes en el edificio del mismo Hospital. El gasto que importa esta lei se imputará a rentas jenerales de la Nacion.
📜 Texto Legal Técnico
