Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de ciento cinco mil pesos ($ 105,000) en el pago de los gastos orijinados con motivo de las elecciones.
📜 Texto Legal Técnico
Lei núm. 3,769, que concede fondos para pagar gastos;orijinados en las elecciones.
Ley 3769 · 1 artículos · Versión BCN: 1921-05-31 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de ciento cinco mil pesos ($ 105,000) en el pago de los gastos orijinados con motivo de las elecciones.