Artículo 81 — Constitución Política de la República
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Jueces y fiscales del Poder Judicial no pueden ser detenidos sin orden judicial. La única excepción es que los pillen cometiendo un delito flagrante. En ese caso, los aprehenden para entregarlos de inmediato al tribunal que deba conocer del asunto, según la ley.
Artículo 81.- Los magistrados de los tribunales superiores de justicia, los fiscales judiciales y los jueces letrados que integran el Poder Judicial, no podrán ser aprehendidos sin orden del tribunal competente, salvo el caso de crimen o simple delito flagrante y sólo para ponerlos inmediatamente a disposición del tribunal que debe conocer del asunto en conformidad a la ley.
Fuente: BCN / LeyChile ↗