Constitución Política de la República

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FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE CHILE

Decreto 100 · 169 artículos · Versión BCN: 2005-09-22 · Ver en LeyChile ↗

Artículo 96

Explicación en Lenguaje Simple:

Existen tribunales electorales regionales que revisan elecciones. Sus fallos se apelan al Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel). Tienen un ministro de Corte de Apelaciones y dos miembros designados por el Tricel. Duran 4 años y actúan como jurado.

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Artículo 97

Explicación en Lenguaje Simple:

Cada año, la Ley de Presupuestos debe asegurar la plata para que los tribunales funcionen bien. Además, otra ley definirá cuánta gente trabaja ahí, cuánto les pagan y sus condiciones laborales. Esto asegura su organización.

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Artículo 98

Explicación en Lenguaje Simple:

La Contraloría es un organismo autónomo que fiscaliza la legalidad de los actos del Estado y municipios, además de revisar el uso del dinero y la contabilidad. El Contralor, abogado con experiencia, es nombrado por el Presidente con acuerdo del Senado por ocho años, cesando a los 75.

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Artículo 99

Explicación en Lenguaje Simple:

El Contralor revisa decretos. Si no cumplen la ley, los objeta. El Presidente puede insistir si firman todos los ministros, pero si hay exceso de gasto o va contra la Constitución, no puede insistir y debe ir al Tribunal Constitucional.

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Artículo 100

Explicación en Lenguaje Simple:

Las Tesorerías del Estado solo pueden pagar algo si hay un decreto o resolución oficial que lo autorice, y este debe indicar la ley o parte del presupuesto que lo permite. Los pagos se hacen por orden cronológico y deben estar aprobados presupuestariamente.

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Artículo 101

Explicación en Lenguaje Simple:

Las Fuerzas Armadas (Ejército, Armada, FACH) defienden la patria. Carabineros, Investigaciones y Gendarmería mantienen el orden y la seguridad pública. Todos son profesionales, jerárquicos y disciplinados. Las FF.AA. y Carabineros, además, son obedientes y no deliberantes.

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Artículo 102

Explicación en Lenguaje Simple:

Para entrar a las Fuerzas Armadas, Carabineros o Gendarmería, generalmente debes hacerlo a través de sus escuelas. Hay algunas excepciones para profesionales o empleados civiles que la ley específica puede autorizar.

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Artículo 103

Explicación en Lenguaje Simple:

Nadie puede tener armas u objetos parecidos sin una autorización especial que dará una ley. Esa misma ley definirá qué Ministerio o instituciones supervisarán y controlarán las armas, además de fiscalizar que se cumplan todas las normas. ¡Ojo ahí!

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Artículo 104

Explicación en Lenguaje Simple:

Los Comandantes en Jefe y el General Director de Carabineros son elegidos por el Presidente entre los oficiales más antiguos. Duran cuatro años sin reelección y no pueden ser removidos, salvo que el Presidente los llame a retiro antes con un decreto fundado, informando al Congreso.

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Artículo 105

Explicación en Lenguaje Simple:

Los nombramientos, ascensos y retiros en las Fuerzas Armadas, Carabineros y Gendarmería se hacen por decreto supremo, según una ley que fija las reglas de su carrera profesional y presupuesto. Para Investigaciones, estas decisiones se rigen por su propia ley.

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Artículo 106

Explicación en Lenguaje Simple:

Existirá un Consejo de Seguridad Nacional para asesorar al Presidente sobre temas de seguridad. Lo presidirá el propio Presidente e integrarán, entre otros, los presidentes del Senado, Cámara y Corte Suprema, junto a los Comandantes en Jefe y el Contralor. El Presidente podrá invitar a ministros según el tema.

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Artículo 107

Explicación en Lenguaje Simple:

El Consejo de Seguridad Nacional se junta cuando lo llama el Presidente, y necesita la mayoría de sus miembros para sesionar. No toma acuerdos, salvo para su propio reglamento, pero cualquiera puede dar su opinión sobre seguridad nacional. Sus actas son públicas, a menos que la mayoría diga lo contrario.

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Artículo 108

Explicación en Lenguaje Simple:

Existirá un organismo autónomo, técnico y con plata propia, llamado Banco Central. Una ley especial (orgánica constitucional) definirá cómo se compone, organiza, cuáles son sus funciones y qué atribuciones tiene.

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Artículo 109

Explicación en Lenguaje Simple:

El Banco Central opera solo con instituciones financieras. No puede garantizar al Estado ni comprar su deuda directamente, salvo excepciones de guerra o crisis de pagos, siempre en el mercado secundario. Tampoco puede discriminar entre entidades que hacen lo mismo.

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Artículo 110

Explicación en Lenguaje Simple:

El país se organiza en regiones, que se dividen en provincias, y estas en comunas para la administración local. Los cambios en la creación, supresión, nombres o límites de regiones, provincias y comunas, y sus capitales, deben hacerse mediante una ley especial.

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Artículo 111

Explicación en Lenguaje Simple:

Cada región tiene un gobierno regional con un Gobernador y un consejo, enfocado en el desarrollo local. El Gobernador es la máxima autoridad, elegido por votación popular por cuatro años, con opción a una reelección. Si nadie obtiene el 40%, hay segunda vuelta entre los dos más votados.

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Artículo 112

Explicación en Lenguaje Simple:

Este artículo ya no está vigente, fue derogado. O sea, "pasó a mejor vida", ya no corre.

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Artículo 113

Explicación en Lenguaje Simple:

El consejo regional es un órgano que aprueba normas, toma decisiones y fiscaliza al gobierno regional, promoviendo la participación ciudadana. Sus consejeros son elegidos por voto directo, duran cuatro años y pueden ser reelegidos dos veces. También aprueba el presupuesto de la región.

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Artículo 114

Explicación en Lenguaje Simple:

Una ley especial definirá cómo el Presidente de la República puede traspasar funciones o responsabilidades de los ministerios y servicios públicos a los gobiernos regionales. Esto puede ser de forma temporal o definitiva, en áreas como el ordenamiento territorial, fomento productivo y desarrollo social-cultural.

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Artículo 115

Explicación en Lenguaje Simple:

La administración del Estado debe buscar un desarrollo regional equilibrado y justo, con solidaridad en la distribución de recursos. Se asignará un fondo nacional de desarrollo regional y las regiones podrán hacer convenios de inversión pública obligatorios. También podrán asociarse con privados para el desarrollo regional sin fines de lucro.

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Artículo 115BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

En cada región habrá un Delegado Presidencial Regional, que es el representante directo del Presidente y ejecuta sus funciones allí. Es nombrado y removido libremente por el Presidente. Su rol es coordinar y fiscalizar los servicios públicos que dependen del Presidente en la región, según las leyes y sus instrucciones.

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Artículo 116

Explicación en Lenguaje Simple:

En cada provincia habrá un Delegado Presidencial Provincial, que es una extensión del Delegado Regional. Lo nombra y remueve el Presidente. Su tarea es supervisar los servicios públicos provinciales, siguiendo las instrucciones del Delegado Regional. En la capital regional, el Delegado Regional asume sus funciones.

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Artículo 117

Explicación en Lenguaje Simple:

Los delegados presidenciales provinciales podrán nombrar a otras personas como "encargados" para que ejerzan sus funciones en una o varias localidades dentro de la provincia, siempre que la ley lo permita y regule cómo hacerlo.

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Artículo 118

Explicación en Lenguaje Simple:

La municipalidad administra tu comuna o agrupación de comunas, con un alcalde como máxima autoridad y un concejo. Los alcaldes se eligen por voto, duran cuatro años y pueden ser reelegidos dos veces. Las municipalidades son autónomas, buscan satisfacer las necesidades de la comunidad y pueden asociarse o crear fundaciones.

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Artículo 119

Explicación en Lenguaje Simple:

Cada municipalidad tiene un concejo con concejales elegidos por voto popular, que duran cuatro años y pueden ser reelegidos dos veces. El concejo fomenta la participación ciudadana, aprueba normas, toma decisiones y fiscaliza. Su acuerdo es obligatorio para el plan comunal de desarrollo, el presupuesto y los proyectos de inversión.

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Artículo 120

Explicación en Lenguaje Simple:

Una ley especial regulará cómo se administran las nuevas comunas, el proceso para crear nuevas municipalidades, el traspaso de personal y servicios, y la protección de bienes en esos territorios. También establecerá los procedimientos para cuando se eliminen o fusionen comunas.

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Artículo 121

Explicación en Lenguaje Simple:

Las municipalidades pueden crear o eliminar puestos de trabajo y definir sus sueldos. También pueden organizar sus unidades internas, pero siempre dentro de los límites que fije una ley especial. Esta ley, que da estas facultades, es propuesta exclusivamente por el Presidente de la República.

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Artículo 122

Explicación en Lenguaje Simple:

Las municipalidades son autónomas para manejar su plata. Reciben fondos del presupuesto nacional, otras leyes o de los gobiernos regionales. También existirá un "fondo común municipal" para repartir de forma solidaria la plata entre todas las comunas del país, y una ley dirá cómo se distribuye.

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Artículo 123

Explicación en Lenguaje Simple:

La ley creará formas para que las comunas se coordinen entre sí y con otros servicios públicos al enfrentar problemas comunes. Además, una ley especial regulará cómo se administran las áreas metropolitanas y establecerá los requisitos para que ciertos lugares sean considerados como tales.

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Artículo 124

Explicación en Lenguaje Simple:

Para ser gobernador, alcalde o concejal, debes ser ciudadano, cumplir requisitos legales y vivir en la región dos años. Estos cargos son incompatibles entre sí y con la mayoría de empleos públicos (salvo docencia). Un gobernador no puede ser acusado o detenido (salvo delito flagrante) sin permiso judicial, resguardando su función.

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Artículo 125

Explicación en Lenguaje Simple:

Las leyes dirán por qué un gobernador, alcalde o concejal puede perder su puesto. Esto ocurrirá si infringen gravemente normas de transparencia o gastos electorales, según declare el Tribunal Electoral. Además, quien pierda su cargo por esto, no podrá trabajar en el sector público por tres años ni postularse en las dos elecciones siguientes.

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Artículo 125BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

Para calcular el límite de reelección de gobernadores, consejeros, alcaldes y concejales, se cuenta como un período completo si cumpliste más de la mitad de tu mandato. Es decir, si estuviste en el cargo más de la mitad del tiempo, ya se considera un periodo.

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Artículo 126

Explicación en Lenguaje Simple:

La ley explicará cómo resolver problemas de competencia entre autoridades de distintos niveles (nacional, regional, comunal). También indicará cómo solucionar diferencias entre el gobernador regional y el consejo regional, y entre el alcalde y el concejo comunal, para que todo funcione bien.

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Artículo 126BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

Isla de Pascua y Juan Fernández son territorios especiales. Se gobernarán con leyes específicas para ellos. Los derechos de vivir, permanecer y moverse desde o hacia estos lugares se regularán por leyes especiales, que requieren una votación calificada para ser aprobadas.

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Artículo 127

Explicación en Lenguaje Simple:

Para cambiar la Constitución, el Presidente o un congresista puede proponerlo. Para que se apruebe en el Congreso, necesita el voto de cuatro séptimas partes de diputados y senadores. El proceso es como el de otras leyes, pero siempre respetando esa mayoría especial para la votación.

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Artículo 128

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando el Congreso aprueba una reforma, va al Presidente. Si él la rechaza totalmente, pero el Congreso insiste con dos tercios, el Presidente debe promulgarla o llamar a plebiscito. Si la objeta parcialmente y el Congreso insiste en su versión, el Presidente también puede consultar a la ciudadanía en un plebiscito.

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Artículo 129

Explicación en Lenguaje Simple:

El Presidente debe llamar a plebiscito en 30 días si el Congreso insiste en una reforma, votándose 120 días después. Si no lo hace, el proyecto se promulga. El plebiscito incluirá lo vetado o lo que el Congreso insistió. El Tribunal Electoral informará el resultado, y el Presidente promulgará lo aprobado en cinco días.

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Artículo 130

Explicación en Lenguaje Simple:

Este artículo convocó a un plebiscito nacional el 25 de octubre de 2020. La gente votó con dos papeletas: una para decidir si quería una Nueva Constitución y otra para elegir qué tipo de órgano la redactaría (una convención mitad elegida y mitad parlamentarios, o una convención solo con gente elegida).

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Artículo 131

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando se habla de "Convención", se refiere a la Mixta o Constitucional, sin distinción, y sus miembros son "Convencionales Constituyentes". Su elección siguió reglas parecidas a las de los diputados, según leyes electorales vigentes en 2020. El resultado de la elección debía estar listo en 30 días y comunicarse rápido al Presidente y al Congreso.

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Artículo 132

Explicación en Lenguaje Simple:

Para ser candidato a la Convención, debías ser ciudadano con derecho a voto y cumplir requisitos básicos. Muchos cargos públicos (ministros, alcaldes, jueces) que postularan a la Convención, perdían automáticamente su puesto al inscribirse. Esto también aplicaba a senadores y diputados para la Convención Constitucional, y directivos gremiales debían suspender funciones.

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Artículo 133

Explicación en Lenguaje Simple:

El Presidente convocaba la primera sesión de la Convención a los tres días de conocidos los resultados, para que se instalara en 15 días. En su primera reunión, elegían Presidente y Vicepresidente. Debían aprobar sus reglas con dos tercios, sin cambiar los procedimientos. Contarían con apoyo técnico y financiero del Presidente de la República.

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Artículo 134

Explicación en Lenguaje Simple:

Los Convencionales Constituyentes tenían un estatus especial, podían renunciar por hechos graves y debían ser probos. Funcionarios públicos podían pedir permiso sin sueldo. Parlamentarios podían ser de la Convención Mixta sin ir al Congreso. Los convencionales (no parlamentarios) recibían 50 UTM mensuales más asignaciones, gestionadas por un comité externo.

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Artículo 135

Explicación en Lenguaje Simple:

La Convención no podía intervenir en funciones de otros poderes ni desconocer la Constitución vigente. La soberanía seguía en el pueblo, no en la Convención, que no podía tomarse atribuciones ajenas. El texto propuesto para la Nueva Constitución debía respetar el carácter de República, la democracia, las sentencias judiciales y los tratados internacionales vigentes.

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Artículo 136

Explicación en Lenguaje Simple:

Se podía reclamar si la Convención no seguía sus reglas de procedimiento, pero nunca sobre el contenido de la nueva Constitución. Un cuarto de los convencionales podía presentar un reclamo a cinco ministros sorteados de la Corte Suprema, que debían resolver en diez días, solo pudiendo anular el acto, sin apelación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 137

Explicación en Lenguaje Simple:

La Convención tenía nueve meses para redactar la Nueva Constitución, con una única prórroga de tres meses si se pedía a tiempo. La podía solicitar su Presidente o un tercio de sus miembros. Una vez entregada la propuesta o vencido el plazo, la Convención se disolvía automáticamente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 138

Explicación en Lenguaje Simple:

La Convención podía decidir cómo entrarían en vigor las normas de la Nueva Constitución. Esta no podía acortar el mandato de las autoridades electas, a menos que sus instituciones fueran eliminadas o cambiadas mucho. La Nueva Constitución debía definir cómo otras autoridades seguirían o terminarían sus funciones.

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Artículo 139

Explicación en Lenguaje Simple:

La Convención Mixta Constitucional tenía 172 miembros: 86 ciudadanos elegidos y 86 parlamentarios (diputados y senadores). Estos parlamentarios los elegía el Congreso en pleno, usando el mismo sistema que para los diputados. Así, se buscaba una composición equilibrada para redactar la nueva Constitución.

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Artículo 140

Explicación en Lenguaje Simple:

Los convencionales ciudadanos de la Convención Mixta se elegían con las reglas de los diputados, según una ley de 2020. Para eso, se dividió el país en 28 distritos electorales, y este artículo especificaba cuántos convencionales aportaría cada uno de esos distritos.

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Artículo 141

Explicación en Lenguaje Simple:

La Convención Constitucional la formarían 155 ciudadanos elegidos, usando los mismos distritos y sistema electoral que para los diputados, según la ley de 2020. Los miembros de esta Convención no podían ser candidatos a otros cargos populares mientras ejercieran sus funciones y hasta un año después de dejar su puesto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 142

Explicación en Lenguaje Simple:

Regula el plebiscito nacional obligatorio para aprobar o rechazar la propuesta constitucional de la Convención. Si no votas teniendo domicilio en Chile, se te sancionará con multa, salvo enfermedad, ausencia del país, estar a más de doscientos kilómetros del local de votación u otro impedimento grave justificado ante el juez.

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Artículo 143

Explicación en Lenguaje Simple:

Este artículo se refiere al plebiscito constitucional, aplicando ciertas reglas del artículo 130. Para asuntos de padrones y propaganda, el Servicio Electoral debía considerar el 4 de septiembre de 2022 como la fecha del plebiscito. Además, un plazo clave de 140 días de una ley electoral se reducía a 125 días para este evento.

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Artículo 144

Explicación en Lenguaje Simple:

Este artículo convocó a la elección del Consejo Constitucional el 7 de mayo de 2023. Este Consejo, con 50 miembros elegidos popularmente y de forma paritaria, solo debía discutir y aprobar una propuesta de nueva Constitución, usando los recursos de forma eficiente. Muchos funcionarios públicos que se postularan debían dejar sus cargos al inscribirse.

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Artículo 145

Explicación en Lenguaje Simple:

Se creará una Comisión Experta de 24 personas paritarias, elegidas por el Congreso para proponer un anteproyecto de nueva Constitución. Deben ser ciudadanos con título universitario de al menos ocho semestres y diez años de experiencia profesional o académica.

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Artículo 146

Explicación en Lenguaje Simple:

Este Comité de 14 abogados paritarios vigila que las propuestas de nueva Constitución respeten las bases institucionales. Son elegidos por la Cámara de Diputados y ratificados por el Senado. Deben tener 12 años de experiencia y una trayectoria destacada.

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Artículo 147

Explicación en Lenguaje Simple:

Los funcionarios públicos que sean electos consejeros deberán dejar sus funciones sin sueldo mientras dure su mandato. Los trabajadores contratados bajo el Código del Trabajo mantienen su empleo y tienen fuero laboral. Todos deben cumplir normas sobre probidad y lobby.

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Artículo 148

Explicación en Lenguaje Simple:

Los miembros de la Comisión Experta y del Comité Técnico pueden cesar de sus cargos por las mismas causas legales que los diputados. El Tribunal Calificador de Elecciones decide sobre esto. Si alguien renuncia o cesa, su cargo queda vacante.

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Artículo 149

Explicación en Lenguaje Simple:

A los consejeros constitucionales se les aplican las mismas reglas de cese y renuncia que a los parlamentarios. El Tribunal Calificador de Elecciones es quien revisa y decide sobre estos casos. Si un consejero se va, no será reemplazado.

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Artículo 150

Explicación en Lenguaje Simple:

Los consejeros y expertos reciben una dieta mensual, mientras que los integrantes del Comité Técnico cobran por sesión, con un tope mensual. Quienes participaron en la anterior Convención Constitucional tienen prohibido postular a estos nuevos órganos de redacción constitucional.

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Artículo 151

Explicación en Lenguaje Simple:

Al instalarse el Consejo Constitucional, deben elegir rápidamente a su mesa directiva. El proceso se hace en una sola votación: quien saca la primera mayoría queda como presidente y quien obtiene la segunda mayoría asume como vicepresidente del Consejo.

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Artículo 152

Explicación en Lenguaje Simple:

La Comisión Experta redacta un anteproyecto y luego el Consejo Constitucional lo discute y vota. Si hay desacuerdos sobre las observaciones, se forma una comisión mixta para buscar soluciones. Si no hay acuerdo, la Comisión Experta presenta una propuesta final.

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Artículo 153

Explicación en Lenguaje Simple:

El reglamento interno es elaborado por las secretarías del Congreso y aprobado por una comisión bicameral de 18 parlamentarios. Este reglamento debe incluir mecanismos de participación ciudadana coordinados por universidades, permitiendo que la gente presente sus propias iniciativas de norma.

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Artículo 154

Explicación en Lenguaje Simple:

La nueva Constitución debe asegurar principios básicos como un Estado unitario, democrático y descentralizado, respetar los derechos humanos, reconocer a los pueblos indígenas, mantener la separación de poderes y garantizar derechos fundamentales como la vida, la propiedad y la libertad.

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Artículo 155

Explicación en Lenguaje Simple:

Si una norma aprobada contradice las bases fundamentales, un grupo de consejeros o expertos puede reclamar ante el Comité Técnico. Este comité decide en pocos días si la norma es válida o no. Su resolución es definitiva y no tiene apelación.

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Artículo 156

Explicación en Lenguaje Simple:

Si se comete un error grave en los procedimientos del Consejo o de la Comisión, un grupo de sus integrantes puede reclamar ante la Corte Suprema. Cinco ministros elegidos por sorteo decidirán si anulan el acto viciado en pocos días.

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Artículo 157

Explicación en Lenguaje Simple:

El Estado financia y apoya técnicamente a estos órganos. Tienen prohibido salirse de sus funciones específicas o reemplazar otras autoridades. La Constitución actual sigue vigente hasta que se apruebe la nueva, y nadie puede atribuirse poderes que no le corresponden.

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Artículo 158

Explicación en Lenguaje Simple:

El Consejo tiene cinco meses para aprobar el texto final. Una vez hecho esto o cumplido el plazo, los órganos se disuelven. Además, quienes participaron en ellos no podrán postular a cargos de elección popular en las próximas elecciones generales.

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Artículo 159

Explicación en Lenguaje Simple:

Regula el plebiscito nacional celebrado el diecisiete de diciembre de dos mil veintitrés para que la ciudadanía vote a favor o en contra de la propuesta del Consejo Constitucional. Si el texto se aprueba, se promulga y entra en vigencia; de lo contrario, sigue rigiendo la Constitución anterior.

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Artículo 160

Explicación en Lenguaje Simple:

Votar en la elección de consejeros y en el plebiscito es obligatorio si vives en Chile. Si no vas a votar, te arriesgas a una multa, salvo que tengas una causa justificada, como enfermedad, estar lejos de casa o impedimentos graves.

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Artículo 161

Explicación en Lenguaje Simple:

El financiamiento y gasto electoral para el plebiscito sigue las reglas de las elecciones de diputados, pero con topes específicos. El Servicio Electoral dictará las instrucciones necesarias para que todo sea transparente y para que los partidos puedan defender sus opciones.

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