Artículo UNICO
Artículo único.- Se autoriza al Presidente de la República para pagar a los herederos del doctor don Ramon Araya Echeverría, ex-Delegado del Gobierno de Chile ante el VI Congreso de Electrolojía Médica celebrado en Praga (Bohemia) en 1912, la suma de mil quinientos pesos oro de 18 peniques ($ 1,500) que se le adeudaba por gastos relacionados con dicha comision.
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