Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Concédese, por gracia, al Mayordomo del Congreso Nacional, don Sebastián Acevedo, el derecho a jubilar con una pension equivalente al sueldo íntegro asignado a su empleo.
📜 Texto Legal Técnico
LEI NUM. 3,813, QUE CONCEDE DERECHO A JUBILAR A DON SEBASTIAN ACEVEDO
Ley 3813 · 1 artículos · Versión BCN: 1921-12-20 · Ver en LeyChile ↗
ARTICULO UNICO.- Concédese, por gracia, al Mayordomo del Congreso Nacional, don Sebastián Acevedo, el derecho a jubilar con una pension equivalente al sueldo íntegro asignado a su empleo.