Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la suma de treinta i tres mil setenta i nueve pesos cincuenta i seis centavos ($ 33,079.56) en el pago de los valores asignados por la Comision de Hombres Buenos respectiva, a los terrenos espropiados para el ensanche de la Avenida Cementerio de la ciudad de Los Andes. Autorízase, asimismo, para invertir hasta la cantidad de mil cincuenta pesos ($ 1,050), en pagar los honorarios de la Comision de Hombres Buenos que practicaron la evaluacion de dichos terrenos.
