Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese a doña Isabel Olivos Moreno viuda de Echavarría una pensión mensual de Eº 80, sin perjuicio de la pensión de montepío de que actualmente disfruta. El mayor gasto que importa la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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