Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócense, por gracia, para todos los efectos legales, incluso el goce de quinquenios, en la hoja de servicios de don Manlio Bustos Quezada, 3 años, 5 meses y 10 días en que sirvió los cargos de Gobernador del departamento de Arica, desde el 14 de Noviembre de 1952 hasta el 5 de Febrero de 1954, de Jefe de la Oficina de Partes y Archivos de la Presidencia de la República, desde el 30 de Abril de 1954 hasta el 23 de Septiembre de 1954, y de Administrador del edificio de renta Nº 35 de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, desde el 4 de Enero de 1955 hasta el 31 de Octubre de 1956. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
