Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don José Alfonso Rojas Aranda una pensión de Eº 50 mensuales, de la cual gozará su cónyuge doña Luisa Banda Gárate, una vez que fallezca el beneficiario. El gato que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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