Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, al ex Secretario del Segundo Juzgado de Letras de Mayor Cuantía de Quillota, don Bernardino Rifo del Campo, el derecho a jubilar con las quince treinta avas partes de las remuneraciones correspondientes al cargo que desempeñaba. El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
