Artículo 1
Artículo 1.° La suma de tres millones quinientos mil pesos que por la lei número 3,966, de 25 de julio de 1923, se destina a la poblacion obrera del Apostadero Naval de Talcahuano, se invertirá prescindiéndose del detalle de distribucion de la suma total y dándose preferencia a los grupos de obras en el órden que se indican: Las habitaciones para obreros que comprenden 226 casas, alcantarillado, servicio de agua potable, plan y cerro, edificio para cooperativa, caminos, aceras y alumbrados, traslacion y transformacion de galpones, demolicion y reparacion de edificios existentes, una escuela, ocha casas para empleados civiles, una escuela, cuatro casas para empleados civiles, teatro y ascensor.
