Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Enrique Javier Urzúa Gormaz una pensión mensual de sesenta escudos (Eº 60,-). El gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
