Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócense, por gracia y para todos los efectos legales, incluso para el goce de trienios, a don Luis Oyanedel Villarroel, el tiempo de un año y seis meses, servidos en la ex Caja Nacional de Ahorros, entre el 1.o de Junio de 1929 y el 31 de Diciembre de 1930, así como también el tiempo de tres años, un mes y cinco días servidos en la Secretaría de la Presidencia de la República, entre el 23 de Febrero de 1939 y el 31 de Marzo de 1942. El mayor gasto que importe la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
