Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a cincuenta escudos (Eº 50) mensuales la pensión de que disfruta doña Florencia Zañartu viuda de Torres, por ley número 12.565, de 15 de Octubre de 1957. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
