Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, en veinte escudos (Eº 20) mensuales la pensión de que actualmente disfruta doña Delfina León viuda de Revello, por ley N.o 13.227, de 20 de Noviembre de 1958. El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
