Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Julia y doña Enriqueta Lynch Walthemalh una pensión de Eº 100 mensuales a cada una de ellas y con derecho a acrecer entre ambas. El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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