Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Teresa Bobadilla Valladares viuda del ex Diputado don Manuel Francisco González Vilches una pensión mensual de Eº 200 y, asimismo, concédese a sus hijas menores María Magdalena, Teresa, Iris Ximena y Haydée del Carmen González Bobadilla una pensión de Eº 50 mensuales para cada una de ellas, con derecho a acrecer entre ellas. El gasto que demande la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
