Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, y abónese en la hoja de servicios del ex Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Colonización Agrícola, don Enrique Besa Vicuña, un año, abono que le servirá para todos los efecto legales, incluso quinquenios. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
