Artículo UNICO
Artículo único.- Elévase, a partir del 1.o de Enero de 1928, a la categoría de Embajada la Legación de Chile en México, Misión que figurará, en consecuencia, en la forma que corresponde a esta resolución en la Ley de Presupuestos para el año próximo.
📜 Texto Legal Técnico
