Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Luz Varas Raytt, nieta del Capitán del Regimiento Colchagua, fallecido en la batalla de Chorrillos, una pensión de Eº 100 mensuales. El mayor gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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