Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócense, por gracia, y para todos los efectos legales y, en especial, para el goce de trienios, en la hoja de servicios de doña Manuela Sánchez Pinto, los dieciocho años de servicios prestados en la enseñanza particular desde el 1.o de Enero de 1927 al 31 de Diciembre de 1945. Las imposiciones correspondientes al período reconocido por la presente ley serán de cargo de los interesados.
📜 Texto Legal Técnico
