Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, al ex-guardián de la Policía de Quirihue, don Gonzalo Sepúlveda, el goce de una pensión mensual de cincuenta pesos. La pensión otorgada por esta ley se disfrutará por el plazo de diez años.
📜 Texto Legal Técnico
