Artículo UNICO
Artículo único. Reconócense, por gracia y para todos los efecto legales, en la hoja de servicios de don Guillermo Godoy Cornejo, 4 años servidos como Ayudante de la Cátedra de Caminos de la Escuela de Construcciones Civiles de la Universidad de Chile, los que le servirán para jubilar con 30 años de servicios. El gasto que signifique la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
