Artículo UNICO
Artículo único. Reconócese, por gracia, y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de doña María Alicia Oyarzo Labra, el tiempo transcurrido desde el 1.o de Enero de 1940 hasta el 15 de Noviembre de 1957, en que se desempeñó como visitadora social de la ex Caja de Seguro Obrero Obligatorio y del Servicio Nacional de Salud. El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
