Artículo UNICO
Artículo único. Reconócese, por gracia, el derecho a obtener el beneficio establecido en el artículo 91 de la ley N.o 12,861, de 7 de Febrero de 1958, al ingeniero señor Víctor Donoso Molina, que ingresó a la Dirección de Impuestos Internos en su calidad de ingeniero y que jubiló después de haber servido el tiempo necesario para jubilar con sueldo íntegro en este mismo servicio.
📜 Texto Legal Técnico
