Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Remigio Vargas Subace una pensión de $ 20.000 mensuales. El gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
