Artículo
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Milcíades Rodríguez Bascur, una pensión de E° 40 mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
