Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia y por el plazo de 10 años, a la viuda, hija soltera e hijo menor de don Alfredo Campaña, ex-vicerrector del Internado Barros Arana, una pensión de cinco mil pesos ($ 5,000), anuales, de que gozarán en conformidad a la Ley de Montepío Militar. El gasto que importe el cumplimiento de esta ley, se imputará al ítem 01, del capítulo "Contribuciones generales de protección social", del Ministerio de Hacienda, en que consulta la suma de veintiséis millones quinientos mil pesos para pagar jubilaciones, pensiones, montepíos, etc.
