Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a las hijas solteras del ex-profesor del Liceo de Concepción, don José Mercedes García, doña Auristela y doña Elfrida García Henríquez, una pensión anual de mil doscientos pesos, de la que disfrutarán sin derecho a acrecer.
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