Artículo 1
Artículo 1.o Créase la Embajada de Chile en el Perú, compuesta de un Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, de un Primero y un Segundo Secretarios.
Crea la Embajada de Chile en el Perú
Ley 4381 · 2 artículos · Versión BCN: 1928-08-23 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1.o Créase la Embajada de Chile en el Perú, compuesta de un Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, de un Primero y un Segundo Secretarios.
Art. 2.o Se autoriza al Presidente de la República para hacer, hasta por la suma total de doscientos cincuenta mil pesos, los gastos correspondientes a la constitución, viaje y funcionamiento de la Embajada durante el presente año, de conformidad a las disposiciones orgánicas pertinentes. El gasto se atenderá con las mayores entradas creadas por el alza de los Aranceles Aduaneros, según la ley 4,321, de 22 de Febrero de 1928. La presente ley regirá desde su promulgación en el Diario Oficial.