Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Eleuterio Alarcón Alarcón, una pensión de Eº 40 mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON ELEUTERIO ALARCON ALARCON
Ley 14413 · 1 artículos · Versión BCN: 1960-12-17 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Eleuterio Alarcón Alarcón, una pensión de Eº 40 mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.