Artículo 1
Artículo 1.o Decláranse de utilidad pública los siguientes predios rurales en el departamento de Los Andes, de la provincia de Aconcagua: a) Una parte del fundo denominado "Coquimbito", de propiedad de doña Blanca Montt de Avendaño, ubicado en la comuna de Los Andes, 1.a subdelegación, con una superficie de ciento cuarenta y tres hectáreas, ochocientos setenta metros, y cuyos deslindes son los que siguen: al Norte, camino internacional; al Sur, el punto trigonométrico 1,156; al Oriente, el fundo fiscal "El Sauce"; y al Poniente, el callejón que parte del camino internacional hacia el Sur, y la línea que une el extremo de este callejón con el punto trigonométrico 1,156. b) La propiedad de la señora Filomena Carvajal de Rodríguez, de 3,608.50 metros cuadrados, situada en el mismo sector, cuyos límites son: Norte, el camino internacional; al Sur y al Oriente, el terreno determinado en la letra a); al Poniente, el callejón de servicio del fundo mencionado.
