Artículo 1
Artículo 1.o Modifícase el artículo 2.o de la ley número 4,527, de 11 de Enero de 1929, en la siguiente forma: "Art. 2.o Autorízase a la Municipalidad de Santiago para contratar un empréstito hasta por cinco millones de pesos ($ 5.000,000), con un interés de siete por ciento anual y una amortización acumulativa de uno por ciento anual, cuyo servicio se atenderá con la mayor entrada resultante del alza del impuesto a los bienes raíces establecida en el artículo 1.o de la presente ley".
