AUTORIZA LA CESION DE UN TERRENO UBICADO EN VALPARAISO, A LA LIGA MARITIMA DE CHILE
Ley 4620 · 3 artículos · Versión BCN: 1929-08-01 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1.o Autorízase al Presidente de la República para que conceda a la Liga Marítima de Chile, y con el objeto de construir un edificio destinado al hospedaje del personal de la Marina Mercante Chilena, el uso de un terreno fiscal situado en la línea de ensanche de la Avenida Errázuriz, de Valparaíso, y cuya extensión y deslindes se determinarán en el respectivo decreto de concesión.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Art. 2.o La obra se ejecutará con arreglo a los planos y especificaciones que apruebe el Presidente de la República, dentro de los plazos que él señale y bajo las sanciones que él mismo establezca.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Art. 3.o La concesión será por el plazo de veinte años, y el Presidente de la República podrá declarar su caducidad por falta de cumplimiento de sus condiciones, o prorrogar dicho plazo cuantas veces estime conveniente, siempre que el objeto de ella no haya cesado, y el establecimiento se mantenga en el servicio de su fundación, el cual se regirá por el Reglamento aprobado por el Presidente de la República.